COLUMNISTAS
Cambios con la LUC hay que tener presentes en seguridad y derechos

Escribe: Walter Caimí – PACTUM. La Ley de Urgente Consideración popularmente denominada “LUC”, finalmente fue aprobada con 476 artículos de los 501 originarios, es decir 25 menos. El capítulo Seguridad concita la atención por lo que ello conlleva en el diario vivir de este Uruguay.
A continuación algunos de los aspectos trascendentales.
El artículo 26 del Código Penal refiere a la legítima defensa, se agregó: se considerará racional cuando resulte ser una respuesta suficiente y adecuada a fin de conjurar el peligro derivado de la agresión sufrida.
Al respecto, se entiende que la “racionalidad deberá ser apreciada con prescindencia de que no haya existido o ya hubiera cesado una agresión física a la persona que se defiende”. La legítima defensa comprenderá balcones, terrazas, azoteas; y en zonas rurales, galpones, instalaciones o similares.
Ante una agresión física o armada en el cumplimiento de sus funciones, dice: “repelen una agresión física o armada contra él o un tercero, empleando las armas o cualquier otro medio de defensa en forma racional, proporcional y progresiva”.
Respecto a los policías que sean agraviados, se agrega un artículo al Código Penal que dice: “el que obstaculice, agravie, atente, arroje objetos, amenace o insulte a policías será castigado con 3 a 18 meses de presión”.
Sobre el porte de armas de policía en retiro, se concretó el derecho a su tenencia por parte de militares retirados.
En los espacios públicos todo persona que esté “acampando o pernoctando en ellos, será intimado a irse. El castigo por no retirarse será de 30 días de trabajo comunitario y las mismas serán trasladadas al MIDES, cualquier dependencia. Se declaran ilegítimos los piquetes y la policía preservará los espacios públicos o privados de uso público”.
En cuanto a los menores de edad, la LUC modifica el Código de la Niñez y la Adolescencia, imponiendo más penas. “De 5 a 10 años aumentan las penas por homicidio intencional agravado y muy especialmente agravado; violación y abuso sexual”.
En el tema inclusión financiera se permitirá a los trabajadores que cobren en efectivo y no solo por vía electrónica, al igual que podrá acordar que sus haberes se paguen a través de cuenta bancaria. Es opcional.
También establece la LUC que en un negocio jurídico, el dinero de entrega y/o pago, “cualquiera de las partes contratantes, podrá realizarse mediante el pago efectivo hasta la suma de un millón de unidades indexadas, y el saldo deberá realizarse por los demás medios de pago distintos del efectivo. También refiere la ley a los proveedores del Estado”.
Por último, destaco, que “se creará el Ministerio de Ambiente. Cabe consignar que al crear este ministerio se suprime la Secretaría del Cambio Climático establecida en el año 2015”.

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