INTERNACIONAL
Lugares donde podrán votar argentinos residentes en Uruguay
Argentina realiza las elecciones generales el próximo domingo 22 de octubre, y se definió dónde podrán sufragar los ciudadanos de ese país que estén en Uruguay. En caso que haya balotaje el mismo será el 19 de noviembre de 2023.
Se habilitaron seis lugares de votación en Uruguay: Colonia, Montevideo, Fray Bentos, Paysandú, Maldonado y Salto.
El 22 los argentinos elegirán presidente/a y vicepresidente/a de la Nación; parlamentarios/as del Mercosur; senadores y senadoras nacionales en las provincias de Buenos Aires, Formosa, La Rioja, Misiones, Jujuy, San Luis, San Juan y Santa Cruz, y diputados y diputadas nacionales.
Podrán votar
Únicamente quienes figuren en el padrón de cada Consulado. Por ese motivo, recomendamos corroborar en www.padron.gob.ar el efectivo registro como residente en el exterior (seleccionar la categoría “Argentinos en el exterior” en la solapa “distrito”) y el Consulado argentino asignado para concurrir a votar.
En el exterior podrán votar de 8 a 18 horas
Centros de votación
Colonia: Avda. Gral. Flores 209, Colonia del Sacramento. Sede del Consulado Argentino en Colonia.
Montevideo: Wilson Ferreira Aldunate 1281, Montevideo. Sede del Consulado General de la República Argentina en Montevideo.
Fray Bentos: Paraguay 3178, Barrio Centro, Fray Bentos. Sede del Consulado Argentino en Fray Bentos.
Maldonado: Rambla Claudio Williman parada 16 y medio y Avda. Del Cabildo, Maldonado. Local dispuesto al efecto por el Consulado Argentino en Maldonado.
Paysandú: Leandro Gómez 1034, Paysandú. Sede del Consulado Argentino en Paysandú.
Salto: Artigas 1162, Salto. Sede del Consulado Argentino en Salto.
En el caso de una eventual segunda vuelta para la elección presidencial, la misma tendrá lugar el domingo 19 de noviembre de 2023, en el mismo horario de 8 a 18 horas, en los mismos lugares de votación.
El voto no es obligatorio
El voto para los argentinos residentes en el exterior -que revistan esa categoría en el padrón definitivo- no es obligatorio. Por el contrario, aquellos ciudadanos que se encuentren registrados en el padrón definitivo con domicilio en la República Argentina, tienen la obligación de participar en las elecciones (P.A.S.O., generales y eventual segunda vuelta) y, si se encuentran en el exterior, deberán justificar la no emisión del voto para cada una de las elecciones en las que estén ausentes, a partir del día siguiente y dentro de un plazo de 60 días.
Justificación de no voto
La justificación de la no emisión del voto se realiza con la presentación de la documentación que acredite que la persona no se encontraba en el país, a través de los siguientes medios:
– En línea en el Registro de Infractores al Deber de Votar (https://infractores.padron.gob.ar/)
– En el consulado más cercano
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