JUDICIALES
A pesar de los fallos en su contra, Vladimir Roslik reclama justicia
La muerte de Vladimir Roslik sigue recibiendo fallos, pero todos encaminados hacia la impunidad. Ahora el Tribunal de Apelaciones de Segundo Turno ratificó la decisión de primer grado de la jueza de Fray Bentos de no reabrir el expediente. La fiscalía Especializada en Delitos de Lesa Humanidad ya presentó un recurso de “casación” ante la Suprema Corte de Justicia.
Por Daniel Roselli
El próximo 20 de mayo habrá una nueva y gran convocatoria en la búsqueda de los detenidos desaparecidos por la última dictadura cívico – militar. Se buscan los restos, saber lo que pasó y que los responsables sean juzgados por la justicia de nuestro país. En ese marco, el asesinato y el manto de impunidad que lo envuelve y posterior e irrisorio juicio que tuvo el caso de Vladimir Roslik, generan un paradigma de impunidad.
El último fallo significativo, fue del Tribunal de Apelaciones de 2do. Turno integrado por los doctores José Balcaldi, Ricardo Miguez y Daniel Tapie, quienes ratificaron lo actuado por la juez de primer grado de Fray Bentos, Carol Ceaolo, quien negó la reapertura del expediente.
Una decisión “fraudulenta”
La negativa del Tribunal de Apelaciones a la reapertura del expediente, de acuerdo a lo informado a la Fiscalía Especializada en Delitos de Lesa Humanidad a cargo del doctor Ricardo Perciballe, se basó “en el principio de ‘Non bis in idem’. Significa que no se puede juzgar dos veces a una persona por un mismo hecho”, indicaron fuentes judiciales a EL ECO.
Los antecedentes
Vale recordar que en el año 2014 el Tribunal de Apelaciones falló que “había cosa juzgada” debido al juicio que tuvo como protagonista al mayor Sergio Caubarrére y que se aplicaba la prescripción al resto de los delitos. Allí se archivó el expediente.
En el año 2018 se presenta Mary Zabalkin (la esposa de Vladimir Roslik) y Valery Roslik (su hijo) con el asesoramiento del Observatorio Luz Ibarburu y donde la Fiscalía Especializada de Delitos de Lesa Humanidad hace una extensa argumentación pidiendo la reapertura del expediente. Frente a eso la jueza de Fray Bentos, Carol Ceaolo, muy escuetamente responde que “no da lugar” a la reapertura.
La Fiscalía apela la decisión de la jueza y pasa al Tribunal de Apelaciones de 2do. Turno, que ahora confirma la sentencia de primer grado en base a “Non bis in idem”.
Ante ello, el pasado lunes 11 de mayo, el fiscal Ricardo Perciballe presentó un escrito cuestionando esa decisión, porque si bien hubo cosa juzgada “fue fraudulenta, porque todo fue en el marco de la Justicia Militar”, expresa una parte del escrito y recuerda que un homicidio especialmente agravado tiene entre 15 y 30 años de prisión, mientras que el mayor Sergio Caubarrére estuvo cuatro meses y 18 días en prisión.
El juicio
Se puede afirmar que ese juicio “fue fraudulento”, porque no fue revisado por un juez civil y se realizó justamente para eludir la Justicia en el año 1984, antes que asumiera el gobierno democrático del doctor Julio Ma. Sanguinetti.
Además tampoco puede haber prescripción porque estamos hablando de crímenes de Lesa Humanidad que son imprescriptibles y “si hubo prescripción tiene que ser sobre los delitos denunciados y esos delitos denunciados son por parte de la Federación Médica del Interior contra los médicos que actuaron en la sesiones de tortura. Por eso, aunque no se refiriera a los delitos de lesa humanidad, los que podrían haber prescripto son los delitos denunciados por los médicos. Y no puede haber Non bis in idem porque juzgamiento no hubo”, señalaron los testimonios a EL ECO.
El recurso del lunes
El recurso de “casación” presentado el pasado lunes 11 de mayo por la Fiscalía Especializada ante la Suprema Corte de Justicia es con la expectativa que la decisión de la Corte falle a favor de la reapertura del expediente; “porque esta decisión va a servir para esta causa como para otras”, indicaron nuestras fuentes.
La decisión de la Suprema Corte será la definitiva, y si la decisión fuera de mantener el caso archivado, la familia puede comparecer ante los organismos internacionales, y seguramente el Estado uruguayo será condenado.
¿Por qué seguir el caso?
Está claro que la fiscalía lo que está poniendo sobre el tapete, es que el Estado uruguayo tiene la obligación de perseguir estos delitos, de investigarlos y de juzgarlos. Además, por el derecho que le asiste a las víctimas sobre la verdad y la justicia.
Vale recordar que el Tribunal de Apelaciones sólo se basa en la normativa nacional, mientras que la Suprema Corte de Justicia tendrá que fallar teniendo en cuenta la normativa de la Corte Interamericana de Derechos Humanos o la Declaración Universal de los Derechos Humanos, entre otros. Porque la normativa internacional se hace justamente para controlar los Estados, porque si no estos violan lo que es la normativa internacional y a los derechos humanos.
“Seguiremos reclamando para que se haga justicia en el caso de Roslik”
Por otro lado, EL ECO consultó al doctor Pablo Chargoñia, quien integra el Observatorio Luz Ibarburu, quien sostuvo que “espero que la Suprema Corte de Justicia revierta esta situación y evite, precisamente, que se le reproche al Estado uruguayo la violación de los tratados internacionales de DDHH”.
“Mis compañeras abogadas y yo, seguiremos reclamando que se haga justicia en el caso de Roslik, en el caso de la represión genocida contra los vecinos de San Javier (en este caso las causas no están archivadas) y con relación a todos los demás crímenes de la dictadura”, señaló Chargoñia.
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