POLICIALES
Policía de Colonia cierra boca de drogas en Rosario

Rosario Acorde a investigación llevada a cabo por la Brigada Departamental Antidrogas, ante la existencia de una boca de venta de sustancias estupefacientes en la ciudad de Rosario, el dia 19 pdo, a partir de la hora 19:00, con la debida autorización de la FIScalía competente, se instaló con apoyo de la Dirección de Investigaciones Departamental e Información Táctica una vigilancia en inmediaciones de una finca sita en Barrio La Estación.
El dia 20 del corriente. hora 01:30 prosiguiendo con las actuaciones se realizó una inspección en dicha finca procediéndose a la detención de AVAL, J.E.R encontrándose en el lugar E.L.L.P E.S.O, C.M.F.D, realizándose la incautación de ,4 celulares, una suma de dinero en moneda nacional, un revólver calibre 22 marca ZAR, con 7 cartuchos, ubicando dentro de un contenedor de basura restos de nylon celeste y un plato de vidrio con restos de sustancia blanca, cano asimismo se incautó un auto marca Volkswagen Gol, color gris, el que consultado el sistema figura denunciado como talante en la ciudad de Montevideo, el 16101/2019.
En forma simultánea se efectuó un allanamiento en latinos contigua, siendo que su morada D.S.C.M, no estaría ajeno a los hechos, se precedió a la incautación de un envoltorio conteniendo sustancia vegetal con un peso de 6.89 gramos la que se encontraba en el interior de una caja de herramientas, una bolsa de nylon conteniendo sustancia vegetal prensada de 70.88 gramos. un envoltorio de papel conteniendo sustancia vegetal prensada teniendo un peso de 37.5 gramos; un envoltorio de papel conteniendo sustancia vegetal prensada con un peso de 28,26 gramos siendo un total de 143,7 gramos.
Conducidos en la fecha al Juzgado Letrado de Resano de 3′ Turno los detenidos, Magistrado competente dispuso: para E S.0, imputado de un delito continuado previsto en el Art 31 del Decreto Ley 14.294 en la redacción dada por el Art 3 de la Ley 17.016 y por el Art. 7 de la Ley 19.172 en la modalidad de ofrecer en venta o negociar estupefacientes en reiteración real, con un delito de receptación en calidad de autor, a la pena de 22 meses de prisión; para AVAL cano autor de un delito de porte de arma por reincidente en reiteración real con un delito previsto en el Art 152 bis del CP, a la pena de 8 meses de prisión: para ELLP como autora de un delito continuado previsto en el Art 3 de la Ley 17.016 y por el Art. 7 de la Ley 19.172 en la modalidad de ofrecer en venta o negociar estupefacientes en reiteración real con un delito de receptación en calidad de autor. a la pena de 24 meses de prisión; para D,C y como autor de un delito de tenencia no para consumo, a la pena de 20 meses de prisión, la que se cumplirá de la siguiente manera 45 dios de cumplimento efectivo, y el resto en régimen Libertad vigilada. Quedando los restantes en libertad

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