POLÍTICA
Se trata cambio de la ley sobre salud publica para evitar poner en “peligro efectivo la salud humana o animal”
El diputado por el departamento de Colonia, Mario Colman, este miércoles 5 tendrá un papel protagónico en el homenaje al prócer de la Patria José Artigas, y en la iniciativa de pretender la modificación de la ley 224 para que, en estos tiempos de pandemia, actitudes ”inapropiadas” sean efectivamente sancionados con penintenciaría.
Homenaje. Este 5 la Cámara de Diputados realizará una sesión solemne con motivo de homeanejar la figura del Gral. José G. Artias, el miembro orador será el diputado Mario Colman. Esto tendrá lugar a las 15.30 horas, y en ese marco actuará el Coro Nacional del Sodre.
Ajuste de la ley de salud pública
Teniendo como base la actitud de personas que cursando Covid 19 cuando comenzó la pandemia incumplieron la cuarentena, Colman consideró oportuno que acciones de ese tipo sean sancionadas aplicando una ley más específica a la existente sobre el tema. La iniciativa fue propuesta a fines de marzo.
En lo que podría llamarse una vuelta de tuerca al Código de Proceso Penal el diputado coloniense, uno de los responsables de proponer la modificación al artículo 224 sobre salud pública (ley 17.292), había señalado en julio a EL ECO que la intención es lograr que quienes “violen las medidas sanitarias en el país, que puede ser en caso de una pandemia o si hay aftosa, por ejemplo”, sean sancionados. La voluntad es “impedir la propagación de una enfermedad epidémica o constagiosa”. No se trata de “coartar la libertad”, sino bregar por “conductas responsables”, dijo a EL ECO en julio mientras esperaba que se pudiera abordar la iniciativa.
El cambio que se propone
El tratamiento de la ley se inició a fines de marzo y quedó postergado a raíz de abocarse el parlamento a la Ley de Urgente Consideración. Este miércoles 5 volvería el tema a la Comisión de Constitución, donde se pretende cambiar una frase del artículo, donde dice: ‘causare daño a la salud humana o animal; diga: ‘pusiere en peligro efectivo la salud humana o animal’. De esta manera se pretende ser más especifico para poderse aplicar penas a incumplimientos.
Los dos textos
Artículo 224 en vigencia: “Delito contra la salud pública (Daño por violación de las disposiciones sanitarias) El que mediante violación a las disposiciones sanitarias dictadas y publicadas por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación en el territorio nacional de enfermedades epidémicas o contagiosas de cualquier naturaleza, causare daño a la salud humana o animal, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión. Será circunstancia agravante especial de este delito si del hecho resultare un grave perjuicio a la economía nacional”.
Modificación que se propone al artículo 224: “ (Violación de las disposiciones sanitarias). El que mediante violación de disposiciones sanitarias dictadas y publicadas por la autoridad competente en aras de evitar la introducción al país o propagación de una enfermedad epidémica o contagiosa de cualquier naturaleza, pusiere en peligro efectivo la salud humana o animal, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión. La aplicación del máximo de la pena referida anteriormente estará especialmente justificada cuando el hecho se suscitare declarada una emergencia sanitaria por las autoridades competentes”.
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