Conéctese con Nosotros

POLÍTICA

Vuelta de tuerca por la salud. Se aprobó iniciativa del diputado Colman

Se modificó el artículo 224 sobre salud pública (ley 17.292) del Código de Proceso Penal, con el fin de que exista una ley más específica cuando haya que aplicar sanciones a quienes violen normas sanitarias que pongan en riesgo la salud de la población, como es el caso de la pandemia de coronavirus.

Publicado

el

Mario Colman (diputado Partido Nacional)

La iniciativa fue planteada, entre otros, por el diputado coloniense Mario Colman (Partido Nacional) este miércoles 5 en la Comisión de Constitución y Códigos de la Cámara Baja.
El artículo 224 en un párrafo señalaba que el que ‘causare daño a la salud humana o animal” será sancinado con 3 meses a dos años de cárcel. Y el cambio dispuesto y aprobado indica que quien ‘pusiere en peligro efectivo la salud humana o animal’ será sancionado con tres meses a 2 años de cárcel.
El cambio propuesto es con el fin de que en estos tiempos de pandemia se tenga una actitud más responsable y no se violen las disposiciones de cuarentena u otras que provoquen la propagación de la enfermedad, como ha sucedido en acciones violatorias al cuidado de la salud pública.

La vuelta de tuerca

Veamos los dos textos de la ley
Artículo 224 original: “Delito contra la salud pública (Daño por violación de las disposiciones sanitarias) El que mediante violación a las disposiciones sanitarias dictadas y publicadas por la autoridad competente para impedir la introducción o propagación en el territorio nacional de enfermedades epidémicas o contagiosas de cualquier naturaleza, causare daño a la salud humana o animal, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión. Será circunstancia agravante especial de este delito si del hecho resultare un grave perjuicio a la economía nacional”.
Modificación que se le hizo al artículo 224: “ (Violación de las disposiciones sanitarias). El que mediante violación de disposiciones sanitarias dictadas y publicadas por la autoridad competente en aras de evitar la introducción al país o propagación de una enfermedad epidémica o contagiosa de cualquier naturaleza, pusiere en peligro efectivo la salud humana o animal, será castigado con tres a veinticuatro meses de prisión. La aplicación del máximo de la pena referida anteriormente estará especialmente justificada cuando el hecho se suscitare declarada una emergencia sanitaria por las autoridades competentes”.

- P U B L I C I D A D -
- P U B L I C I D A D -
- P U B L I C I D A D -
- P U B L I C I D A D -

ÚLTIMAS NOTICIAS

POLÍTICA12 horas atrás

Luis Lacalle es mufa

Por Daniel Roselli. Si el presidente Luis Lacalle viene caminando por la vereda usted cruce la calle y vaya por...

POLÍTICA12 horas atrás

En la balanza: consumidor, comerciante e importador

Un mismo tema con dos soluciones diferentes sobre la compra de productos extranjeros, fundamentalmente argentinos, para el mercado interno. ¿Quiénes...

SERVICIOS13 horas atrás

Prácticas erróneas o motivos de los siniestros de tránsito

EL ECO con aportes técnicos realizó una recopilación de maniobras que se hacen y provocan siniestros de tránsito. -Manejar con...

CULTURA13 horas atrás

Recorrido de la caballería gaucha en homenaje a los 33 Orientales

La Unión de Instituciones Tradicionalistas de Soriano realizará la marcha de la caballería de la “Cruzada Libertadora”, en honor al...

COLUMNISTAS13 horas atrás

El trabajo como prioridad: Acciones prioritarias para el desarrollo laboral sostenible en Uruguay

En el contexto actual, es crucial enfocar las políticas públicas en la creación de empleo de calidad, vinculándolas con el...

POLICIALES13 horas atrás

Palmirense estafado en 767 mil pesos

Intentó realizar un negocio por la red social Facebook y le retiraron 767mil pesos de su cuenta bancaria, al proporcionar...

POLÍTICA13 horas atrás

A la hora de comprar, QR para saber si el producto es apto

La Cámara de Representantes aprobó por unanimidad el Proyecto de Rotulado Frontal de Productos. Los rotulados frontales de formato digital...

NECROLÓGICAS1 día atrás

Necrológicas – Abril 2024

† NILDA POZZO DE VALENTE Q.E.P.D. Falleció en la Paz del Señor el 17 de abril de 2024, en Carmelo...

COLUMNISTAS1 día atrás

Verdadero: Bajaron las denuncias, no los delitos

Por Fernando Gil Díaz (El Perro Gil). Este gobierno abandonó toda referencia a sus marketineras frases de “se acabó el...

SOCIEDAD1 día atrás

Con el sociólogo Pablo Hein: La sociedad uruguaya esconde los suicidios

Este país evaluado por encuestas como el “más feliz de Sudamérica”, es uno de los que tiene más casos de...

MÁS LEÍDAS

// REDACCIÓN NUEVA PALMIRA // Dirección: Uruguay Casi Argentina Teléfono: +598 4544 6815 // REDACCIÓN CARMELO // Dirección: Zorrilla 294 Teléfono: +598 4542 4480