SERVICIOS
Cuándo y cómo se puede justificar el no voto en las elecciones
La Junta Electoral de Colonia y la Oficina Electoral Departamental, informan que las justificaciones por no haber votado en las Elecciones Nacionales (tanto primera como segunda elección – balotaje) podrán realizarse entre el 26 de noviembre y el 26 de diciembre de 2024.
– Las justificaciones se realizarán a través de un formulario que estará disponible a partir del 26 de noviembre en la página web de la Corte Electoral: www.corteelectoral.gub.uy
Causales de justificación
Siempre que se presente las pruebas correspondientes, serán causas fundadas para no cumplir con la obligación de votar los siguientes casos:
1. Padecer enfermedad, invalidez o imposibilidad física que le impida el día de la elección concurrir a la Comisión Receptora de Votos.
Podrá presentarse:
– Certificado médico (si el mismo es extendido por institución privada deberá ir acompañado de un timbre profesional)
– Certificado expedido por un establecimiento asistencial o de asilo. En estos casos la tramitación respectiva podrá realizarla la misma institución en forma individual o colectiva.
2. Hallarse fuera del país el día de la elección
Las personas que se hallaren fuera del país el día de la elección podrán justificarlo por cualquier medio de prueba documental donde conste la fecha de salida y entrada al país, como ser certificado de la Dirección Nacional de Migración, pasaporte sellado o pasajes que acrediten dichos extremos; constancia de trabajo en el exterior u otros de similar naturaleza. El plazo para realizar la justificación por esta causal será de 30 días a partir de su ingreso al Uruguay.
Las personas con residencia en el exterior deberán concurrir a la oficina consular uruguaya más próxima, dentro de los veinte días anteriores y dentro de los veinte posteriores a la elección para acreditar hallarse en el exterior, labrándose las actas correspondientes, que los cónsules deberán remitir a la Corte Electoral dentro de los veinte días siguientes a su expedición, y entregar asimismo al interesado una copia autenticada.
Multas
Las personas habilitadas para votar que no hubieren sufragado ni justificado su omisión, deberán hacer efectivo el pago de la multa.
-Costo de la multa: $1.740 (pesos uruguayos mil setecientos cuarenta).
-Costo de la multa para funcionarios públicos o profesionales con títulos expedidos por la Universidad de la República: $3.480 (pesos uruguayos tres mil cuatrocientos ochenta).
El pago de las multas se podrá tramitar a través de un formulario que quedará disponible en la página de la Corte Electoral: www.corteelectoral.gub.uy
No hay plazo para realizar el trámite y deberá abonarse una multa por cada elección en la que no se vote.
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