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Más de mil aparatos entrega gratis el BPS a los trabajadores que sufren Apnea del Sueño

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Foto: Director del BPS Ramón Ruiz

Más de mil aparatos entrega cada año el BPS a los trabajadores que sufren Apnea Obstructiva del Sueño, esto es una afección que impide dormir adecuadamente,  que se soluciona con un aparato que tiene un costo de 1.500 dólares y que el BPS entrega gratuitamente a los trabajadores..

Este aparato que se denomina Cpap, y ayuda a las personas a tener una mejor calidad del sueño. El mismo está disponible en forma gratuita para todos los trabajadores.

Según la terminología científica, se llama apnea obstructiva cuando se detiene la respiración como consecuencia de una obstrucción de la faringe.

En promedio, el BPS entrega unos mil aparatos al año a trabajadores que padecen apnea obstructiva del sueño, dijo a EL ECO el Director del BPS en representación de los trabajadores, Ramón Ruiz “hay un BPS invisible poco conocido que lleva una cantidad de prestaciones que la gente no conoce, y como no conoce un derecho, no lo ejerce” señaló.

Se trata de una enfermedad que muchas personas padecen y que cuando descansan durante la noche, no tienen un sueño de calidad. Como consecuencia de sufrir apneas obstructivas durante la noche, al otro dia puede tener problemas en el trabajo, explicó Ruiz “imagínense un chofer de transporte urbano, un taxista, un administrativo, que durante la noche no descansa bien y que luego durante su trabajo tiene problemas,  y puede poner en riesgo a las personas que trabajan con él o no cumplen adecuadamente con su tarea” señala.

Esta prestación es una de ellas “es un aparato que ayuda a las personas a tener una mejor calidad de sueño para rehabilitar en el trabajo y puedan realizar su tarea sin problema”.

La cobertura es muy amplia, señaló “a esta prestación tienen derecho todos los trabajadores de la actividad privada, los trabajadores públicos, los que están en los entes, en la administración central, en el Poder Judicial, etc. Es muy importante porque la coberturas prácticamente universal para todos quienes son trabajadores públicos y privados”.

Antes solo tenían derecho los trabajadores de la actividad privada, contó  “pero a través de la negociación colectiva y del proceso de avance de los últimos años, prácticamente todos los trabajadores públicos tienen derecho a esta ayuda”.

Para obtener este beneficio se debe padecer de apnea obstructiva del sueño, explica “luego obtener una receta de un profesional que le de el diagnóstico y recomiende al BPS la utilización de este aparato y además pagar un timbre profesional que es absolutamente accesible, y luego se hace un estudio del sueño que indica las características de la apnea. Con ese estudio se le otorga un aparato que se puede cambiar a los dos años se puede actualizar”.

Cuando la persona va al BPS se piden tres presupuestos para que la persona lleve y con eso alcanza a tener derecho a esta prestación.

En 2016 se otorgaron 916 aparatos en 2017 932, en 2018  un total de 1.123 y en lo que va de 2019 324 aparatos “lo que da un promedio de unos mil aparatos por año, aparatos que tienen un costo de unos 1.500 dólares. La seguridad social destina recursos a este tipo de prestación que es muy importante porque afecta la calidad de vida del trabajador”.

Cuando se habla de Seguridad Social  hay que ver, dijo, “no solo cuanto cuesta este tipo de ayuda sino en que medida le da la posibilidad al trabajador trabajar sin ningún tipo de problema”.

Se calcula  que un 40 por ciento de los varones, un 30 por ciento de las mujeres y un 10 por ciento de los niños, ronca. ESte  ronquido primario no es agradable pero no trae consecuencias importantes. La apnea se produce cuando además de roncar, la persona deja de respirar por unos segundos y necesita tratamiento cuando eso ocurre más de diez veces por hora.

El trámite en el bps es muy sencillo y se indica en las oficinas del BPS de todo el país.

Ruiz aportó los números de aparatos que entregó el BPS en los últimos años a los trabajadores.

  1. OTORGAMIENTOS POR BPS
AÑO CPAP BIPAP TOTAL
2016 941 16 957
2017 922 10 932
2018 1105 18 1123
2019 320 4 324

 

*Datos al 30/04/2019

Fuente: Sistema Prestaciones – R 9597

A quién corresponde:

 

A continuación se presentan todos los colectivos y la fecha a partir de la cual fueron incorporados como beneficiarios de prestaciones sanitarias ortoprotésicas que otorga el BPS:

 

  1. Trabajadores de la actividad privada afiliados al Banco de Previsión Social (Resolución N° 1438/1982 del 19-07-1982).

 

  1. Funcionarios del Banco de Previsión Social con excepción de los becarios, pasantes, contratos a término y residentes que presten funciones en el Organismo (R.D. N° 22-25/2013 del 24-07-2013).

 

  1. Funcionarios de los distintos Entes Autónomos o Servicios Descentralizados de naturaleza comercial o industrial, nucleados en la Mesa Sindical Coordinadora de Entes (MSCE) que se encuentren afiliados al Banco de Previsión Social, que no cuenten con beneficios de este tipo, y en caso de detectarlos, primará el más beneficioso (R.D. N° 5-1/2016 del 02-03-2016).

 

En este colectivo, se encuentran incluidos los funcionarios del Instituto Nacional de Colonización (INC), de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), de las Obras Sanitarias del Estado (OSE), de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland (ANCAP), de la Agencia Nacional de Vivienda (ANV), de la Administración Nacional de Puertos (ANP), de la Administración Nacional de Telecomunicaciones (ANTEL), de la Administración de Ferrocarriles del Estado (AFE) y del Correo Uruguayo.

 

  1. Funcionarios de la Administración Nacional de Educación Pública (ANEP), del Consejo Directivo Central (CODICEN), del Consejo de Formación en Educación (CFE), del Consejo de Educación Inicial y Primaria (CEIP), del Consejo de Educación Secundaria (CES) y del Consejo de Educación Técnico Profesional (UTU), que no cuenten con estos beneficio, y en caso de detectarlos, primará el más beneficioso (R.D. N° 5-1/2016 del 02-03-2016).

 

  1. Funcionarios civiles de los incisos 2 a 15 de la Administración Central, que no cuenten con estos beneficios, y en caso de detectarlos, primará el más beneficioso (R.D. N° 11-17/2017 del 26-04-2017).

 

En este colectivo, se encuentran incluidos los funcionarios públicos de la Presidencia de la República, del Ministerio de Defensa Nacional (MDN), del Ministerio del Interior (MI), del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), del Ministerio de Relaciones Exteriores (MRREE), del Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca (MGAP), del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), del Ministerio de Turismo y Deporte (MT), del Ministerio de Transporte y Obras Públicas (MTOP), del Ministerio de Educación y Cultura (MEC), del Ministerio de Salud Pública (MSP), del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), del Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente (MVOTMA), del Ministerio de Desarrollo Social (MIDES), que no cuenten con estos beneficios, y en caso de detectarlos, primará el más beneficioso (R.D. N° 11-17/2017 del 26-04-2017).

 

  1. Funcionarios del Instituto Uruguayo de Meteorología (INUMET), que no cuenten con estos beneficios, y en caso de detectarlos, primará el más beneficioso (R.D. N° 23-17/2017 del 20-07-2017).

 

  1. Funcionarios del Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay (INAU) y del Instituto Nacional de Inclusión Social Adolescente (INISA), que no cuentan con beneficios de este tipo, y en caso de detectarlos, primará el más beneficioso (R.D. N° 1-55/2018 del 24-01-2018).
  2. Funcionarios del Poder Judicial al amparo de lo dispuesto por la Ley 19.625 del 11-06-2018.

 

  1. CONDICIONES DE ACCESO

Las condiciones para acceder al aparato ventilatorio no invasivo son:

1) Ser beneficiario de acuerdo a los colectivos detallados precedentemente.

2) Receta médica con la indicación de la prestación con timbre profesional.

3) Estudio de polisomnografía (estudio del sueño) con timbre profesional: Únicamente si es primera vez que lo solicita. La prestación tiene un plazo de renovación de 2 años.

4) Tres presupuestos de proveedores habilitados y registrados que coticen lo solicitado en la receta médica: Cuando los tres presupuestos superan las 35 UR corresponde formar expediente para tratamiento de la Comisión Asesora para la Prestación Ortoprotésica.

 

 

 

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