SOCIEDAD
Prorrogan vencimientos de libreta de conducir hasta el mes de octubre

En la jornada de hoy la Comisión Asesora de Tránsito del Congreso Nacional de Intendentes, resolvió prorrogar hasta el 31 de octubre de 2020 el Permiso Unico Nacional de Conducir que se vencen este año y que no se pueden renovar como consecuencia de las medidas sanitarias adoptadas en todo el país.
La resolución de hoy, dice lo siguiente:
43 CONGRESO DE INTENDENTES
ACTA COMISIÓN ASESORA DE TRÁNSITO En Montevideo, a los 22 días del mes de abril de 2020, reunida la Comisión Asesora de Tránsito integrada por el Congreso de Intendentes en su Plenario de fecha 16 de abril de 2020, trata los asuntos que se indican y adopta las resoluciones que se establecen. REFERENCIA 1 El Congreso de Intendentes dispuso por resolución de fecha 16 de marzo de 2020, en el marco de la actual emergencia sanitaria, varias resoluciones referidas a la gestión del tránsito vinculadas al Punc, cometiéndose a la Comisión Administradora del SUCIVE y a la Comisión Asesora de Tránsito facultades para prorrogar la vigencia de habilitaciones que están vinculadas al SUCIVE por razón de sus funcionalidades informáticas.
REFERENCIA 2 Por Actas de 17 y 25 de marzo, y 13 de abril de 2020, se establecieron las prórrogas del Punc por 30 días desde sus otorgamientos a partir del 1/2/2020. En ese sentido el 13/04/20, se amplió la facultad de prórroga de vencimientos a los duplicados de permisos Punc otorgados, y a los vencimientos de los trámites de aspirantes a permisos de conducir.
REFERENCIA 3 Lo actuado por las Comisiones referidas alcanzaron sólo los casos referidos, observándose que el universo de situaciones generadas por la inacción de las Oficinas en las Intendencias también dejan sin resolver los permisos vencidos con anterioridad al 1° de febrero de 2020, cuyos titulares aún se encontraban en condiciones normativas para acceder a una renovación de sus permisos sin necesidad de realizar pruebas teóricas y prácticas adicionales.
Teniendo en cuenta que los permisos con vencimiento en el mes de febrero pasaban a vencer en el mes de mayo, y que la situación de incertidumbre respecto al momento de retomar la actividad normal se mantiene, se entiende pertinente —con carácter general- y por constituir un hecho ajeno a la responsabilidad del contribuyente, el otorgamiento de las vigencias de estos trámites en las mismas condiciones que las pactadas para el resto de los casos.
RESOLUCIÓN 1 Establecer que aquellos permisos (PUNC y anteriores) que hayan vencido entre el 17 de marzo de 2018 y el 31 enero de 2020, se consideran vigentes desde el 16 de marzo de 2020, hasta el 31 de octubre de 2020.
RESOLUCIÓN 2 Prorrogar desde el 16 de marzo y hasta el 31 de octubre de 2020, la vigencia de aquellos permisos (PUNC y anteriores) que hayan vencido desde el 1/02/2020, con los fundamentos y exigencias previstas en las resoluciones de fecha 17 y 25 de marzo, y 13 de abril de 2020 por la Comisión Administradora del SUCIVE.
RESOLUCIÓN 3 Comunicar a la Comisión de Seguimiento del SUCIVE para que instruya a la fiduciaria, República Afisa SA, la modificación en el sistema informático de los plazos y condiciones regulatorias del sistema en los términos que se establecen, así como las que correspondan por aplicación de las resolucione ” de fechas 17 y 25 de = o, y 13 de abril de 2020, referidas al Punc. RESOLUCIÓN 4 No serán reconocidos ningún permiso Punc o anterior que no haya sido otorgado al amparo de la normativa vigente.

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